lunes, 5 de marzo de 2012

VIDEOS SOBRE EL PROCESO PENAL (1)

INTERROGATORIO EN LA PELÍCULA «A FEW GOOD MEN»


La figura la extraje de http://www.imdb.com/media/rm260283904/tt0104257
El link en donde pueden ubicar esta escena es el siguiente:

http://youtu.be/xIP5lM71OyY

Es una buena escena de contrainterrogatorio, en dónde luego de hacerle entrar en confianza, el abogado defensor provoca que el testigo acepte que el hecho de sangre ocurrió por decisión suya y que los efectivos que asesinaron al soldado actuaron cumpliendo sus órdenes. Corresponde al juicio en la película de 1992, titulada «A Few Good Men».


VIDEO DEL JUICIO DEL «CHAVO DEL 8»







La imagen ha sido extraída de http://www.chespirito.org/galeria_b_n_w_nov_2011_chavo77b.htm 

Estos son los links del video del programa «El Chavo del 8», en el que se efectúa un juicio en contra del «Chavo», por haber matado el gato de propiedad del personaje conocido como «Kiko».

Primera Parte:
http://youtu.be/Agkg57SEqPk 
Segunda Parte:
http://youtu.be/E34iP_iQTSA 

Es interesante observar el mal manejo de los interrogatorios, la falta de expresión de una teoría del caso y por sobre todo la manipulación de los testigos para que mientan. Incluso la decisión final demuestra ser completamente parcializada a favor del imputado.



Estos son los links para ver la audiencia en donde se juzga a Cantinflas por asesinato, extraídas de la película «Ahí está el detalle». 
La imagen la he extraído de http://1.bp.blogspot.com/_CDONhAj7Pgc/S7QRf0T_-HI/AAAAAAAAD1Y/WX5tx5ZXDmY/s400/AH%2520E~1.JPG
Primera Parte:
http://youtu.be/ZaGzObFLc_s
Segunda Parte:
http://youtu.be/L80wECrI14I
Tercera Parte
http://youtu.be/4W3x0RQbglw
Se puede observar las consecuencias de un proceso que se basa en formalismos y parámetros que no respetan los derechos fundamentales, además de decisiones incorrectas amparadas en suposiciones y en criterios subjetivos y prejuiciosos.


ALEGATO DE APERTURA EN LA PELÍCULA: «MI PRIMO VINNY»




Además de serle otorgado un oscar como mejor actriz de reparto a Marissa Tomei, también fue una de las últimas apariciones de Fred Gwynne, el recordado Herman Mounster. 
La imagen la he extraido de: http://www.fotogramas.es/var/ezflow_site/storage/images/peliculas/mi-primo-vinny/130565-1-esl-ES/Mi-primo-Vinny1_cartel_peli.jpg 
El link del video es el siguiente:
 

http://www.youtube.com/watch?v=8dfpenZqRAs&feature=related

SENTENCIAS Y RESOLUCIONES SOBRE TERRORISMO

- Sentencia en contra de la Cúpula de Sendero Luminoso emitida por la Sala Penal Nacional:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/65320a0049975b1c8a2bfbcc4f0b1cf5/560+-+03.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=65320a0049975b1c8a2bfbcc4f0b1cf5 
- Resolución que resuelve la apelación en contra del benficio penitenciario otorgado a Lori Helene Berenson Mejía:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/9e7ede004997011786ddf7cc4f0b1cf5/SPN_216-+03_281211.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=9e7ede004997011786ddf7cc4f0b1cf5 
 - Ejecutoria de la 2a Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú que resuelve el recurso de nulidad contra la sentencia en contra de la cúpula de Sendero Luminoso:
http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/salassupremas/SPT2/documentos/RN_5385-2006_2DA_SPT_160108.pdf 
- Ejecutoria de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú que resuelve el recurso de nulidad contra la sentencia en el caso El Polo:
http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/SalasSupremas/..%5C..%5CCorteSuprema%5CSalasSupremas%5CSPP%5Cdocumentos%5CSPP_RNN_4826-2005_LIMA.pdf 
- Sentencia condenatoria del camarada Artemio:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/7f367000401c775e8f13ef97ba91c8fe/Sentencia+Artemio1_1.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=7f367000401c775e8f13ef97ba91c8fe

viernes, 2 de marzo de 2012

SALA PENAL LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

Sentencia contra José Antonio García Sánchez por delito de Encubrimiento Real en agravio del Estado:

Sentencia contra Carlos Alberto Chocña Vicente y Luis Johny Castro Caro por delito de Cohecho Pasivo Propio en agravio del Estado:

Sentencia contra Robin Juan Rojas Sánchez y Emiliano Justo Gonzales López por delito de Cohecho Pasivo Propio en agravio del Estado:

Sentencia contra Tula Villafuerte Anamaría y Liliam Beatriz Fuertes vega por delito de Peculado en agravio del Estado:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/8303a78046f9bcf3ad93ed199c310be6/SENTENCIA_EXP_103_240511.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=8303a78046f9bcf3ad93ed199c310be6

Sentencia contra Juana Rosa Lermo López y Hugo Luis Vásquez Aco, en calidad de autores, y contra Elio Antonio Tamariz Idiaquez, en calidad de cómplice primario, por delito de Concusión en agravio del Estado:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/24803f80472e09309f1ebfecea5880b6/Exp.+N%C2%B0+44-06.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=24803f80472e09309f1ebfecea5880b6 

Sentencia contra David Luis Huaynalaya Montes y César Abilio Ferreira LLanos por delito de Cohecho Pasivo Propio en Agravio del Estado:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/9c0c5500477e245db279f61f51d74444/SENTENCIA+HUAYNALAYA.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=9c0c5500477e245db279f61f51d74444

Sentencia contra Juan Félix Barbarán Vásquez e Hilda Nieto Huamaní:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/1c5e34004795e28b9719f71f51d74444/Exp.+29-06.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=1c5e34004795e28b9719f71f51d74444 

Sentencia contra María del Carmen Orihuela Orillo, César Augusto Méndez Méndez, Víctor Martín Inciso Rojas y Ángel Alfredo León Bazalar por delito de Peculado en agravio del Estado:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/9891c10047d99ae39f8fff1f51d74444/EXP_182006.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=9891c10047d99ae39f8fff1f51d74444 

Sentencia contra Amílcar Gómez Amasifuén y Robinson Gómez Reátegui o Rubén Gómez Reátegui, en calidad de autores, y contra Jorge Ávila Rivera, en calidad de cómplice primario, por el delito de Cohecho Activo Específico en agravio del Estado:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/42e8728047f8e8088ab4ee1f51d74444/Expediente_65_2007.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=42e8728047f8e8088ab4ee1f51d74444 

Sentencia contra Carlos Alberto Urdaniva Rosas y Miguel Abner Calderón Rivera, en calidad de autores, y contra Daymo Alfonso Bezada Rubio, en calidad de cómplice primario, por el delito de Colusión Desleal en agravio de CENFOTUR, MINCETUR y el Estado:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cb4f6d004804e157ac6baf9a1f4793b1/Exp_104.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=cb4f6d004804e157ac6baf9a1f4793b1 


Sentencia contra Nicolás De Bari Hermoza Ríos y Luis Enrique Mayaute Ghezzi por el delito de Colusión Desleal y Falsificación de Documentos en agravio del Estado:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/8bc63400482c60a3a846bcbc1ff91669/D_Exp_3406.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=8bc63400482c60a3a846bcbc1ff91669 


Sentencia contra Luis Alfredo Munares Tapia, Rosa Luzmila Pacheco Núñez, Orlando Enrique Montes Paredes, Juan Israel Ortiz Guevara y Roque Augusto Niquen Espinoza, en calidad de autores; contra Nestor Gerardo Zegarra Valencia, en calidad de cómplice primario; y contra Mauricio Arturo Alva Ducato y María Karina Canales Zavaleta, en calidad de cómplices secundarios, por el delito de Peculado en agravio del Estado
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/26127800483f293ea6adbe539a62bef1/Exp_19.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=26127800483f293ea6adbe539a62bef1 


Sentencia contra Julio Alberto Ormeño Ecos, Dany Walter Canales Naupari, Jesús José Minaya Ramírez, Franz Ricardo Gamboa Cajavilca, Eugenia Benedicta Germán Mendoza, Rosa Isabel Sánchez Nava, Inés Eugenia Ruíz Torres y Luis Antonio Arce Bello, en calidad de autores y contra Roberto Airson Melo Bernable, Bertha Rebeca Robles Aguilar y Renato Omar Alvarez Villanueva, en calidad de cómplices primarios, del delito de Colusión en agravio del Estado:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/65083c80483f2c62a6e1be539a62bef1/Exp_51.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=65083c80483f2c62a6e1be539a62bef1 


Sentencia contra Carlos Augusto Marca Ibañez y David Condori Tamayo por el delito de Cohecho Activo Genérico en agravio del Estado:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/2f2a50804869a136bbc6bb539a62bef1/Exp_92_08.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=2f2a50804869a136bbc6bb539a62bef1 


Sentencia contra Said Yushef Medina Niño, José Alberto Miano Silva y David Disraeli Silva Casanueva por el delito de Peculado y Falsificación de Documento Público en agravio del Estado:
 http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/c18311804879004886cbb79a280c8f6a/Expediente_96_2007.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=c18311804879004886cbb79a280c8f6a 




PARTICIPACIÓN PROCESAL DEL ESTADO

Los organismos del Estado se encuentran exonerados del pago de costas y costos
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/84f7bd0046753a65ba9bfe93776efd47/Resoluci%C3%B3n+5ta+Sala+-+exp+N%C2%BA97-2002-0.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=84f7bd0046753a65ba9bfe93776efd47

CASO GIULIANA FLOR DE MARÍA LLAMOJA HILARES

- Resolución que revoca el auto que deja sin efecto el tiempo de prueba y ordena la captura de Giuliana Flor de María Llamoja Hilares:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/d3829c804a5bd6dc9f49bfb4107064ff/D_Exp_04705_2005_010312.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=d3829c804a5bd6dc9f49bfb4107064ff
Resolución que revoca el período de prueba que había sido dictado a favor de Giuliana Flor de María Llamoja Hilares:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/2267d08049d422d494d6d7f53c1a04e8/D_Llamoja_170112.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=2267d08049d422d494d6d7f53c1a04e8 
- Sentencia del Tribunal Constitucional que declara fundada la demanda de hábeas corpus por motivación deficiente de la Corte Suprema de Justicia de la República:
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2008/00728-2008-HC.html
- Sentencia del Tribunal Constitucional que declara improcedente la demanda de amparo contra la resolución que no admite formalizar denuncia en contra de la Jueza Sonia Pacora:
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2011/00642-2011-AA%20Resolucion.pdf
- Sentencia del Tribunal Constitucional que declara improcedente la demanda de amparo contra la resolución de OCMA que no sanciona a la Jueza Sonia Pacora:
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2010/05371-2009-AA%20Resolucion.html





lunes, 27 de febrero de 2012

DOXA: Revista de Filosofía del Derecho

Este es el link para que ingresen a la página electrónica de la revista de Filosofía del Derecho DOXA

http://bib.cervantesvirtual.com/portal/DOXA/

domingo, 26 de febrero de 2012

DOCUMENTOS DE LA OIT

DOCUMENTOS DE LA OIT

Convenios: http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=1000:12000:2920053065615249::::P12000_INSTRUMENT_SORT:4 


Recomendaciones: http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=1000:12010:2920053065615249::NO:::

viernes, 24 de febrero de 2012

ASUNTOS SOBRE EL GOBIERNO DEL EX PRESIDENTE ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

- Sentencia del 22 de setiembre de 2011, en el Caso contra Alberto Fujimori Fujimori (Reo Ausente) y en donde se juzgó a ALBERTO PANDOLFI ARBULÚ, JORGE FRANCISCO BACA CAMPODÓNICO, CESAR ENRIQUE SAUCEDO SÀNCHEZ y JORGE CAMET DICKMAN por los delitos de asociación ilícita para delinquir, peculado, malversación de fondos, colusión ilegal y falsedad genérica; así como contra VICTOR DIONICIO JOY WAY ROJAS y CARLOS BERGAMINO CRUZ por los delitos de asociación ilícita para delinquir, peculado, malversación de fondos y supresión, destrucción y ocultamiento de documentos y contra JULIO SALAZAR MONROE por lo delitos de asociación ilícita para delinquir, colusión ilegal, peculado, malversación de fondos y supresión, destrucción y ocultamiento de documento.


- Caso Medios de comunicación, congresistas tránsfugas e interceptación telfónica durante el gobierno de Alberto Fujimori Fujimori.

Antecedentes:  http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/spe/documentos/ParteI300909.pdf 
Fundamentos:  http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/spe/documentos/ParteII300909.pdf
Fallo:  http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/spe/documentos/ParteIII300909.pdf 


miércoles, 22 de febrero de 2012

viernes, 17 de febrero de 2012

DERECHO A PROFESAR UNA RELIGIÓN

El Tribunal Constitucional señala que el hecho de encontrarse inscrito en un Libro de Bautismo no impide a la persona dejar de profesar la fe católica, por lo que no se puede obligar al Obispado del Callao a excomulgar al hijo de los demandantes, máxime si fue la propia madre la que solicitó el bautizo de su menor hijo.

http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2012/00928-2011-AA.html

martes, 14 de febrero de 2012

PRINCIPIO ACUSATORIO E INTERCEPTACIÓN DE COMUNICACIONES ENTRE EL ABOGADO Y SU PATROCINADO SEGÚN EL TRIBUNAL SUPREMO ESPAÑOL

RELACIÓN DEL PRINCIPIO ACUSATORIO CON OTROS DERECHOS: «El principio acusatorio, que inicialmente exige que la acusación sea sostenida por alguien distinto del juzgador, se relaciona íntimamente con otros derechos, entre ellos el derecho a un juez imparcial (el tribunal no puede abandonar su posición de tercero) y el derecho de defensa, que incluye el derecho a conocer la acusación. Como es sabido, el tribunal, en el momento del enjuiciamiento, está vinculado a la acusación en el aspecto subjetivo, en tanto no puede pronunciar sentencia si no es respecto del acusado, y en el aspecto objetivo, ya que no puede referirse a hechos distintos de los contenidos en la acusación, salvo aquellos que tengan un carácter meramente accesorio y que el tribunal considere acreditados por la prueba practicada en el plenario, y al tiempo resulten convenientes para una mejor comprensión de los hechos probados».

AFECTACIÓN DE DERECHOS POR LA INTERCEPTACIÓN DE LAS COMUNICACIONES «No es preciso, por lo tanto, que aparezca un aprovechamiento expreso mediante una acción concreta y directamente relacionada con lo indebidamente sabido, pues basta para lesionar el derecho de defensa con la ventaja que supone para el investigador la posibilidad de saber, (y con mayor razón el conocimiento efectivo), si el imputado ha participado o no en el hecho del que se le acusa, saber si una línea de investigación es acertada o resulta poco útil, saber cuál es la estrategia defensiva, cuales son las pruebas contrarias a las de cargo, o incluso conocer las impresiones, las necesidades o las preocupaciones del imputado, o los consejos y sugerencias que le hace su letrado defensor. Se trata de aprovechamientos más sutiles, pero no por eso inexistentes. Basta, pues, con la escucha, ya que desde ese momento se violenta la confidencialidad, elemento esencial de la defensa. El TEDH ha señalado en este sentido que la injerencia existe desde la interceptación de las comunicaciones, sin que importe la posterior utilización de las grabaciones ( STEDH Kopp contra Suiza, de 25 de marzo de 1998 )».

DOCTRINA JUDICIAL SOBRE LA INTERCEPTACIÓN DE LAS COMUNICACIONES ENTRE EL ABOGADO Y SU DEFENDIDO: La «Sala reitera su doctrina (STS nº 245/1995, de 6 de marzo y STS nº 538/1997, de 23 abril , y también, aunque como obiter , la STS nº 513/2010 ), en el sentido de que la intervención de las comunicaciones entre los internos y sus letrados defensores o los expresamente llamados en relación con asuntos penales solo pueden acordarse en casos de terrorismo y previa orden de la autoridad judicial competente. Por lo tanto, para resolver otros casos en los que se entendiera que la intervención pudiera ser imprescindible, sería precisa una reforma legal que contuviera una habilitación de calidad suficiente para intervenir las comunicaciones entre internos y letrados defensores o expresamente llamados en relación con asuntos penales, estableciendo los casos y las circunstancias en que tal intervención sería posible y las consecuencias de la misma».

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=6266511&links=&optimize=20120213

CALIDAD DEL VICIO QUE SIRVA PARA ANULAR UNA SENTENCIA SEGÚN EL TRIBUNAL SUPREMO ESPAÑOL

REQUISITOS PARA CONSIDERAR UN VICIO CAPAZ DE SOSTENER LA NULIDAD DE UNA SENTENCIA: Un vicio debe cumplir los siguientes requisitos concurrentes «para que la incongruencia denunciada pueda dar lugar a la nulidad de procedimiento. a) La omisión denunciada debe hacer referencia a pretensiones que sean de naturaleza jurídica; b) que hayan sido objeto de debate precisamente porque oportunamente han sido suscitado por las partes, generalmente en sus escritos de conclusiones definitivas; c) que no alcanza a la falta de respuesta a meras alegaciones o argumentos. No incluye la omisión relevante la que se refiere a un dato de hecho que se erige en alegato para fundar la pretensión que sí ha sido resuelta. Basta a este respecto una respuesta global. d) la grave consecuencia de la anulación ha de ajustarse a exigencias de proporcionalidad, no procediendo: 1º.- Si cabe considerar que concurre efectiva decisión, siquiera de manera implícita pero inequívoca en la resolución impugnada, sin quebranto del derecho de tutela judicial sin indefensión; lo que ocurrirá si cabe colegir expresas justificaciones en dicha resolución incompatibles con la pretensión de la parte y 2º.- Cuando la omisión pueda ser subsanada en esta misma casación al examinar los argumentos de fondo sobre la pretensión en cuestión que en los demás motivos del recurso se hayan formulado».

DESCONEXIÓN DE ANTIJURIDICIDAD EN CUANTO A LOS MEDIOS DE PRUEBA ILÍCITOS: «En nuestra Sentencia nº 460/2011 de 25 de mayo de 2011 recordábamos lo dicho en la previa nº 2/2011, dictada por el pleno de esta Sala Segunda, en lo que concierne a la posibilidad de desconectar una fuente ilícitamente obtenida de otra, a la que sin embargo se vincula causalmente, porque la obtención de ésta no habría sido posible sin aquélla, de tal manera que aquella ilicitud no se predique dela segunda. Y señalábamos como numerosas resoluciones del Tribunal Constitucional consagran la teoría de la desconexión de antijuridicidad entre la prueba precedente declarada nula de pleno derecho y sin eficacia probatoria por vulnerar derechos constitucionales, y la prueba derivada de aquélla, cuando en su práctica se
han respetado las garantías exigibles y aunque ésta se halle relacionada con la primera de la que emana causal y materialmente y se puede afirmar que jurídicamente sea autónoma e independiente de aquélla. Particularmente en relación a la confesión del imputado.
Tanto más ha de predicarse la desconexión entre la antijuridicidad de una obtención ilícita de fuentes probatorias y la práctica de otros medios, cuando estos segundos ni siquiera se encuentran en relación de causalidad con los de ilícita obtención y, desde la obtención de la fuente hasta la producción del medio en juicio, se revisten en todo momento de las citadas exigencias de legalidad».

NATURALEZA DEL DOCUMENTO EN DONDE CONSTA LA TRANSCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN DE UN MEDIO DE PRUEBA: El acta en donde consta el testimonio brindado en juicio, es decir, «la documentación de la prueba testifical no constituye un medio documental de prueba».

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=6266514&links=&optimize=20120213

ACUMULACIÓN DE CONDENAS SEGÚN EL TRIBUNAL SUPREMO ESPAÑOL

REQUISITOS PARA LA ACUMULACIÓN DE CONDENAS

Por una perspectiva amplia, «se permite la acumulación de todas las condenas que, por la época en que ocurrieron los hechos delictivos, podrían haber sido objeto de un único procedimiento. Si no lo fueron por razones de índole territorial, o por la diferente clase de las infracciones cometidas, o por haber sido tramitados unos procesos con rapidez y otros con lentitud, o por cualquier otra razón, si se trata de hechos de una misma época, cualquiera que fuese la razón procesal por la que no fueron todos enjuiciados en una misma causa, cabrá la acumulación de todas las penas impuestas a los efectos de aplicar esos límites máximos fijados por nuestras leyes sustantivas, en consideración a unos criterios humanitarios, repetimos, ajenos a los avatares procesales concretos de cada procedimiento».
http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=6266513&links=&optimize=20120213

viernes, 10 de febrero de 2012

VII Pleno Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República

DOCUMENTOS DEL VII PLENO JURISDICCIONAL PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA

Acuerdo Plenario 001-2011
http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/SalasSupremas/..%5C..%5CCorteSuprema%5CSalasSupremas%5CSPP%5Cdocumentos%5Cacuerdo_01_Apreciacion_prueba_delito_Violacion_Sexual.pdf

Acuerdo Plenario 002-2011
http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/SalasSupremas/..%5C..%5CCorteSuprema%5CSalasSupremas%5CSPP%5Cdocumentos%5Cacuerdo_02_nuevos_alcances_prescripciones.pdf

Acuerdo Plenario 003-2011
http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/SalasSupremas/..%5C..%5CCorteSuprema%5CSalasSupremas%5CSPP%5Cdocumentos%5Cacuerdo_03_delito_de_trata_de_personas.pdf

Acuerdo Plenario 004-2011
http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/SalasSupremas/..%5C..%5CCorteSuprema%5CSalasSupremas%5CSPP%5Cdocumentos%5Cacuerdo_04_delito_de_hurto.pdf

Acuerdo Plenario 005-2011:
http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/SalasSupremas/..%5C..%5CCorteSuprema%5CSalasSupremas%5CSPP%5Cdocumentos%5Cacuerdo_05_Actor_civil.pdf

Acuerdo Plenario 006-2011:
http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/SalasSupremas/..%5C..%5CCorteSuprema%5CSalasSupremas%5CSPP%5Cdocumentos%5Cacuerdo_06_Motivacion_escrita_de_resoluciones.pdf

Acuerdo Plenario 007-2011:
http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/SalasSupremas/..%5C..%5CCorteSuprema%5CSalasSupremas%5CSPP%5Cdocumentos%5Cacuerdo_07_Lavado_de_activos.pdf

Acuerdo Plenario 008-2011:
http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/SalasSupremas/..%5C..%5CCorteSuprema%5CSalasSupremas%5CSPP%5Cdocumentos%5Cacuerdo_08_Beneficios_penitenciarios.pdf

miércoles, 8 de febrero de 2012

CASO ASESINATO DE ALICIA DELGADO

Sentencia en el Caso del Homicidio de Alicia Delgado:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/7a69e2004a159d958b3ceb91cb0ca5a5/D_Sentencia_Cuarta_Sala_070212.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=7a69e2004a159d958b3ceb91cb0ca5a5